Consultas Legales

Consultas Legales

Tal vez en este tema se puedan resolver dudas legales generales que siempre surgen. Voy ahi con la primera!

Un compa y yo queremos ponernos un negocio, teniendo todo en orden. La idea es ofrecer servicios profesionales, y colocar una marca para poder vender bienes (mercadería alusiva) ademas de los servicios. Queremos poder facturar porque mucho cliente lo pide. Apenas estamos mandandonos. Queria saber si alguien sabe que es necesario para hacer esto. Me han hablado de sociedad anonima y sociedad limitada pero no entiendo la diferencia. Tambien de registrar el nombre y la marca, pero no entiendo si es un solo proceso o son diferentes. En cuanto puede salir la broma?

Pura vida!

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Mic onocimiento no es como que muy amplio, pero si querés tributar (dar facturas implica pagar impuestos) tenés que suscribirte en hacienda, el trámite si sos tico de naciemiento lo podés hacer por internet.

www.hacienda.go.cr

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www.lacajadetontos.blogspot.com

Sin ley de cine nos lleva puta.


bruno wrote:

Queria saber si alguien sabe que es necesario para hacer esto. Me han hablado de sociedad anonima y sociedad limitada pero no entiendo la diferencia. Tambien de registrar el nombre y la marca, pero no entiendo si es un solo proceso o son diferentes.

Alguno de ustedes tiene experiencia en situaciones similares? Que se aconseja y masomenos cuanto dinero puede ser?

Pura vida!

Registro de marca, es para que nadie en realidad te haga un producto paralelo y le pueda poner el mismo nombre, como por ejemplo si su marca es "Patito" y vende camisas, para que nadie pueda crear otras camisas marca Patito. por otra parte podes vender camisas "Patito" teniendo una razon social o S.A llamada el "El Patito feliz S.A" y eso son otros 100 pesos esa razon social es la que va a representar la marca, y se encargara de facturar, pagar impuestos entre otros. El primer paso que le aconsejo es busquese una abogado y trebaje primero en la conformacion de la sociedad, despues de eso inscriba sui marca en el registro y el apoderado de la marca sera la S.A que creaste primero.

Saludos!!

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www.myspace.com/rubickcr
Oh yeah! Pearl Jam es toa!!

Otra cosa es inscribirse en hacienda a nombre físico. Yo facturo así, por servicios profesionales.

El tramite es relativamente rápido, ellos te dan los papeles y así vas a una imprenta a pedir que te hagan las facturas.

Para tributar llevás tus cuentas con un contador, en setiembre es el cierre del año fiscal. Tan tán.

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It's good to know who hates you, and it's good to be hated by the right people.


El Señor Killer wrote:
bruno wrote:

Queria saber si alguien sabe que es necesario para hacer esto. Me han hablado de sociedad anonima y sociedad limitada pero no entiendo la diferencia. Tambien de registrar el nombre y la marca, pero no entiendo si es un solo proceso o son diferentes.

Alguno de ustedes tiene experiencia en situaciones similares? Que se aconseja y masomenos cuanto dinero puede ser?

Pura vida!

Registro de marca, es para que nadie en realidad te haga un producto paralelo y le pueda poner el mismo nombre, como por ejemplo si su marca es "Patito" y vende camisas, para que nadie pueda crear otras camisas marca Patito. por otra parte podes vender camisas "Patito" teniendo una razon social o S.A llamada el "El Patito feliz S.A" y eso son otros 100 pesos esa razon social es la que va a representar la marca, y se encargara de facturar, pagar impuestos entre otros. El primer paso que le aconsejo es busquese una abogado y trebaje primero en la conformacion de la sociedad, despues de eso inscriba sui marca en el registro y el apoderado de la marca sera la S.A que creaste primero.

Saludos!!

Nada más le añado a eso acerca del nombre comercial, que sí se puede registrar paralelamente a la marca. Usualmente los negocios no usan el nombre de la Sociedad Anónima o de Responsabilidad Limitada como nombre comercial. Entonces la sociedad por medio de su Apoderado puede registrar las marcas que le interesen en las categorías respectivas (como el ejemplo de las camisetas) y además el nombre comercial del local comercial o negocio, junto con los logos respectivos o distintivos.

Así, si tu sociedad se llama Elefantes Blancos S.A., céd. jurídica 3-101-xxxxxxxx, pero querés ponerle a tu negocio Pollos Ratero (jeje es un ejemplo) y ya tenés el logo, ese sería el nombre comercial con su distintivo, y si además vendés un producto X de marca Polli-combos y lo querés registrar esa sería la marca para la categoría respectiva.

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www.reverbnation.com/insano
www.myspace.com/insanocr

Muchas gracias por sus respuestas y la ayuda. Ojala esto sea de ayuda para otras personas y si tienen otras consultas puedan aprovechar el tema. Señor killer, ya entiendo, primero entonces registrar la S.A. y luego proteger la marca y ponerla a nombre de la S.A. Berzerker, es mejor una S.A. que una Ltda? jajaja Pollos Ratero, me gusta.


bruno wrote:

...Ayyyy impuestos, no habia pensado en eso, fijo le dan a uno por la madre. Crying or Very sad

Según entiendo, por algunos servicios y "mano de obra" no se cobra, no se pagan impuestos.
Pero la mayoría si saludines Pero todo es por bien del desarrollo de nuestro país boli

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JD
Guitarra-Hazing
http://myspace.com/thehazingcr

Este tema estaba donde no lo vi, remito dos preguntas de parte de Sibbujju y mia:

La mia:

Grace wrote:

Mi duda es la siguiente:

Un documento enviado por courier cuenta como un correo certificado?
Yo diria que si porque uno tiene pruebas de que se envio y se recibio.

Cuando un contrato dice que toda informacion debe ser enviada por correo certificado solo necesita que alguien la firme como recibido verdad? O solo la persona a quien tal documento va dirigido?

Gracias!

La de Sibbujju:

Sibbujju wrote:

me auto cito del tema de "lo que ud siempre quizo preguntar pero le dio canazo":

Sibbujju wrote:

no soy muy habil para googlear, pero juro que lo intente, lei un poco y aun asi no me queda claro, la situacion/pregunta es:

a la ruta de bus Alajuela - Santa Barbara (para ir a donde mi madre), la subieron una semana de 140 colones a 160 y la semana siguiente a 235, lo cual me parece una estafa considerando el servicio que se da.

este es el link a la Gaceta haciendo la referencia y el estudio.

lo que quiero saber es:
aplica ahi un recurso de amparo o con la ARESEP?
como se interpone el mismo?
necesito que tipo de asistencia legal?

de verdad que no tengo la mas minima idea de como ejecutar alguna accion en contra de esa decision tan estupida, que de verdad solo le deja ganancia a esa empresa, porque el servicio sigue yendo de mediocre a pesimo.

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llega naaaaaavidad y yo sin wiiiiiii No puedo jugar rock baaaaaaaaaaaaand Ni ponerme yica con wii fit

Mi pregunta se deriva de que no se nada sobre contravenciones, maneras de presentar denuncia y ley de transito y sobre que se puede hacer con un taller que esta puesto de manera clandestina en una casa.

Primera parte:

Vivo en sjo, barrio lujan frente policia municipal. Bien frente mi casa en calle publica hay un monton de personas que dejan su carro ahi por mas de 24 hrs e inclusive meses.

esto trae que las visitas de nosotros no puedan parquear el carro, que los que vivimos ahi no podamos parquear nuestro carro, que el paso se vea truncado y ademas yo salgo a las 5 am de mi casa, esta aun or=scuro y a veces viejos feos pueden salir de ahi.

Les hemos puesto cartelitos amablemente que ok dejen su carro ahi algunas horas pero cuando sea la noche que por favor lo muevan a la casa de ellos dado que queremos parquear nosotros.

Bien, nos pusieron un cartel los grandes cochinos sin educacion que dice, si si ciejas lesbianas tortilleras y no que cuantas cosas. Quien puso el cartel fue mi abuela de 74 anhos y creo que se le debe respeto.

que vias debemos tomar, ya estoy harta!!

segunda parte.

Lamentablemente este barrio en el que vivo se ha vuelto cada vez peor y la gente que se ha pasado a vivir ahi lo deteriora cada vez mas.

Pusieron un taller al lado de mi casa, por suerte entre mi casa y esa propiedad existe nuestro patio que es grande.

Pero eso no quita que la calle la ensucian, siempre hay esos gases hediondos y que danhan la salud flotando, yo tengo asma y cada vez que paso por ahi casi que me muero!!

Donde los puedo denunciar, que puedo hacer.

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Recurro aca porque de verdad no se a donde mas preguntar, he llamado a municipalidad pero no me han dicho nada en concreto, tb al mopt y lo mismo.

Por fa alguien amable.

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P.S

mi novio dice que no haga nada porque no se que clase de canalla son esas personas y que despues nos hacen algo. Entonces tb si saben de una opcion anonima seria genial...

Gracias

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"We're so together electrons couldn't get between us."

Cuales son los requisitos para hacer/inscribir una Sociedad? Del tipo inversionista...

: )

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Andres Mora's Facebook profile

Otra pregunta:

choque, uno se declara culpable (aunque para mi no lo era) uno tiene seguro el otro tipo no. Se quiere llegar a arreglo extra judicial, se va a pagar deducible.

1. a quien se le debe pagar el deducible, al afectado, al taller o al ins directamente.

2. se dice segun juzgado de transito segundo circuito que los requisitos para el acuerdo extrajudicial es que se presenten ambos duenhos registrales y el visto bueno del ins.

3. en el ins dicen que para dar visto bueno para ese acuerdo se necesita que ya se hayan arreglado los carros, que se haya pagado deducible y una copia de una nota en que diga que el otro tipo acepta el deducible.

4. todo esto apesta porque no hay como un manualito con las situaciones comunes y las respuestas de que se puede.

Alguien q sepa???? todo es tan confuso

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"We're so together electrons couldn't get between us."


-And3- wrote:

Cuales son los requisitos para hacer/inscribir una Sociedad? Del tipo inversionista...

: )

A que se refiere con tipo inversionista?? En Costa Rica hay 4 tipos distintos de sociedades, las mas frecuentes la sociedad anonima y de responsabilidad limitada.

Y para constituirla se debe acudir a un Notario Publico. Si es para invertir o tener un negocio, lo mas comun es montar una sociedad anonima.

Y los requisitos no son nada del otro mundo, ahi el Notario los asesora para inscribirla.

Saludos

mmm... La vara le tenemos pensada para hacer inversiones en conjunto, montar un capital pues!

Pero igual, voy a hablar cn mi futuro socio para definir bien q es lo q queremos hacer y ver cual seria el tipo de sociedad que mas nos calza thumbs up

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Andres Mora's Facebook profile

Yo le diria sue que se vaya a algun INS y se asesore. Yo pasé por algo parecido hace unos años (yo si fui culpable Embarassed ), la diferencia es que el otro mae no sufrio mucho daño y no se tomó la molestia de ir a hacer todas las vueltas.

Yo creo que el deducible se le paga al INS, eso si, le recomiendo totalmente que aunque sea mas pesado, haga ud todos los trámites! Los talleres le van a ofrecer hacerse cargo ellos, pero al final se la van a bananafuck

A una amiga le pasó parecido a ud, y al final por dejar que el taller hiciera las vueltas con el INS, perdió un monton de plata.

El INS no es cochino para pagar, y los talleres se aprovechan de eso. Con suerte y le valoran altos los daños, mas de lo que un taller de confianza le cobra, y con el excedente paga el deducible, asi hice yo Contento (y hasta me quedó un poco).

En cuanto al acuerdo extrajudicial, es para que el otro mae no la demande y se vayan a juicio, por eso, si el mae acepta, el INS debe certificar (punto 3 de su lista) que se hicieron los arreglos (eso por que ud es asegurada)..

Suerte y de nuevo, asesorese en el INS.

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http://herejiascr.blogspot.com/ - Pensamientos desde la hoguera
http://perso.wanadoo.es/jeudy - Astrofotografía con webcam
http://www.hidcr.com/ - Heterosexuales por la Igualdad de Derechos

De hecho que el INS paga bastante bien, especialmente la mano de obra, por eso los talleres se aprovechan, aunque yo cuando pase por algo similar si firme el poder al taller para que cobraran todo al INS ellos y yo me desentendi de todo. Pagan tanto de mano de obra que al final el deducible practicamente salio de ahi.

Eso si yo conocia a la gente del taller y habia llegado al acuerdo que el deducible saliera de ahi desde antes

Lo normal en estos casos cuando uno usa el seguro es que la otra persona pague el deducible del carro de el (Especialmente si uno se declara culpable y no lo fue) Entonces el mae tendria que llevar la carta que acepto el deducible aun cuando el fuera el que lo pago, para presentarla cuando los citen.

Hmm y yo creo que el deducible se les paga a los talleres y no al INS, asi lo hice yo.

Muchas gracias chiquillo, se los agradezco, este tema de seguros me trae de un tiro y me da chicha no saber las cosas bien.

De nuevo, se los agradezco mucho

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"We're so together electrons couldn't get between us."

Hola! Tengo una consulta legal...

Mi hermanillo estudia en una U Privada de cuyo nombre no quiero acordarme. La vara es q el mae tiene q hacer su práctica profesional de licenciatura y los profesores le han dicho que él solito tiene q buscar dónde hacer la práctica. Esto se lo avisan una vez q ya inició el cuatri, o sea el men no sabía nada de eso antes de iniciar el cuatri y el pensaba -razonablemente- diay pues q los profes que se supone TRABAJAN para la U se encargan de esos quehaceres. La vara es que el mae ya consiguió donde bretear la práctica pero la vió fea, sobre todo porq entiendo q sólo le daban un cuatri para hacerla

A mi me pasó algo similar en una U Pública de cuyo nombre tampoco quiero acordarme. Sólo q no fue con respecto al trabajo final (del cual pues si me avisaban con tiempo todas las reglas del juego y me daban 2 años para hacerlo), pero en un par de practicas profesionales el profe llegó y dijo: "diay, yo no tengo lugares de prácticas, búsquenlos ustedes", y todo mundo como: WTF!!!! Shocked

A mi este tipo de artimañas de arrecostamiento de ciertos profesores universitarios me pone los güevos cuadrados... existe alguna vía legal para obligarlos a asumir la reponsabilidad de los cursos que dan y de el brete q se supone deben hacer???

Ya sé que lo primero es revisar los reglamentos universitarios, pero en el caso de un U Pública eso es un proceso burocrátio q es posible q no llegue a nada y en el caso de las Privadas puede que ocurra q se hagan de la vista gorda o q existan muchos vacíos reglamentarios... creen uds q hay respaldo legal externo a las U's y jurídicamente superior para obligarlos a cumplir con el brete??

Gracias!

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Libertad significa responsabilidad; por eso le tiene tanto miedo la mayoría de los hombres
G. B. Shaw

Pregunta era trabajo comunal o trabajo para licenciatura?

La universidad Publica no podrias es autonoma , en eso deberias asesorarte con la federecion de estudiantes y haciendo el debido proceso .. te recomiendo buscar mas gente con la misma problematica..creo que el conare puede tener competencia en eso no estoy seguro

en lo de la privada puedes asesorarte en el Conesup o ..igualmente puede investigar en la unidad de rectores ..http://www.unire.or.cr/leyes.htm

Conesup http://www.mep.go.cr/CONESUP/index.aspx

Tambien puede tratar de ver en el Supricori si menciona algo ..

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www.comerciosyempresas.com
www.escazu.or.cr --- portal de la comunidad de escazu
www.upt.blogspot.com

Perdón que me meta, porque no vengo a dar ningún consejo legal... pero de dónde saca que los profesores TIENEN que buscarle al estudiante el lugar para hacer la práctica??

Las prácticas profesionales son un "vistazo" a lo que será salir a la calle a trabajar. Espera que la U también le consiga brete y si no se enojan?!

Me parece sorprendente. Para sacar el bachillerato en mi carrera a uno le piden que haga práctica profesional y en ningún momento le dan todo para que lo haga! (si no cómo va a aprender uno?!). Si tienen contactos, los dan para facilitar la vara, pero no están para nada en la obligación de conseguirles dónde bretear.

No sé si sólo en mi U pasaba eso pero más bien yo me sorprendía de una U (cuyo nombre no quiero acordarme laugh) donde la supuesta práctica profesional era que llegaba una agencia a la U a darles un proyecto a los alumnos y ahí lo iban haciendo en la U cuando tuvieran tiempo. Qué clase de práctica es esa para salir a la calle?! Con razón hay gente afuera que parece que no entiende que está en un brete y no en una escuela.

(Con la parte de que sólo les den un cuatrimestre para hacerla sí le doy la razón porque es demasiado difícil que consiga práctica tan rápido. Pero bueno, también depende de cuántas horas de práctica le están pidiendo).

Anyway, sorry por basurear el tema pero es que es la primera vez que escucho que quieran aplicar una acción legal para algo que me parece de sentido común y no veo cómo es obligación del centro educativo.

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There are no stupid questions, but there are a LOT of inquisitive idiots

Si...está bien raro eso... uno casi siempre tiene que buscarse el lugar, y si la U tiene contactos con empresas en las que estudiantes hayan hecho la práctica antes, pues a lo sumo te dan el número para que llamés.

La única acción legal que se me ocurre se podría aplicar en un caso de estos, a como lo expone, es que estuviera en el contrato del profesor conseguirle el lugar a los estudiantes (que no está) y que no lo cumpliera, y en ese caso la acción la tomaría la U por incuplimiento de contrato... En todo caso cuál profesor estaría a cargo si se supone que la práctica se hace cuando uno ya ha terminado todos los cursos, o sea que está como...sin profes, eso le corresponde al director de carrera no?

Se me hace que este asunto no tiene ni pies ni cabeza, y su hermano está desamparado y solo Razz (como le pasa a uno cuando sale de la U y se enfrenta al mundo real, el cual, mi amigo, es frío y cruel)

Hay varias cosas q hay q distinguir, porq creo q estamos hablando de cosas relativamente diferentes...

1) Una cosa es una práctica profesional de graduación (llamemosla PG, por practica de graduación), generalmente despues de los cursos como trabajo independiente y q se rige usualmente por criterios temporales diferentes

2) Otra es una práctica profesional q se haga en el contexto de un curso (llamemosla PC, practica de curso)

3)Ambas están mediadas por reglamentos

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En PG (al igual q en una tesis) como es el brete final de graduación, en CR se suele dar libertad al estudiante q proponga lo q quiera... pero usualmente se ponen las reglas claras (tipos de bretes q se pueden hacer y los q no, tiempo para hacer el brete, etc, etc) y se supone q todas esas reglas el estudiante las sabe de antemano

En PC usualmente se hace una brete en el contexto de un curso en donde el profesor planifica la actividad, diay porq es un curso y uno espera q el profe planee.

Lo que pasó en el caso de mi hermanillo es q llegó a un curso q se llama "Practica Final", o sea hacen un menjurge entre PG y PC, es la practica de graduacion y lo plantean como curso a cargo de un profe, dura sólo un cuatri y no se le avisa en nada q la U no tiene donde hacer las prácticas.. oigame no me ahorcó!!!, y para variar el mae se cuenta de todo eso cuando ya pagó matrícula (no vaya a ser!!!!)

En mi caso yo no tengo quejas de PG, pero en dos PC, (o sea cursos) un profe nos dijo: "diay! vean a ver q hacen con el curso! yo no he planeado nada ni les he organizado nada" (cosa q en la Escuela no era la norma en PC, donde los profesores buscaban sitios de prácticas para los alumnos dado q se estaba en un curso)

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Idea aparte: Eso q las PG o tesis se hagan de lo "que quiere el estudiante" o en "el lugar donde se busque uno el brete" es otra muestra del subdesarrollo académico nacional.

En una U seria de Norteamerica, Europa, Japón, o incluso Latinoamerica el estudiante NO plantea nada ... se hacen los proyectos que los profesores han venido diseñando y elaborando por años, lo cual le da una lógica y continuidad al trabajo científico y a la acción profesional con sentido de desarrollo a largo plazo para el país (ahí sí es donde uno aprendería a trabajar, aquí en CR todos los q pasamos por una U casi q partimos desde cero buscando todo)

Un profesor universitario no es un mae que sólo da clases, además de eso es alguien q plantea proyectos de acción o investigación q se espera contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida en el país (ya sea en el campo social, empresarial, científico, cultural y artístico, etc, etc...). Lo q pasa es q aquí vieron muy jamón nada más dar clases y no bretear ni proyectar el trabajo académico a la realidad nacional, y ahí están más de uno (con notables excepciones claro!) rascándose las bolas con un puestito cómodo en una U estatal o un puestito de argolla en una U Privada....

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Sorry por salirnos tanto del topic, pero valga la aclaración... y quien quita q si haya implicaciones legales y reglamentarias para esto

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Libertad significa responsabilidad; por eso le tiene tanto miedo la mayoría de los hombres
G. B. Shaw

por eso te recomiendo asesorarte en el conesup , ciertamente me parece curioso que en un PC , que es como un Pasantia ..no se tengan ya convenios establecidos y me parece curioso como los han dejado sueltos.

Estoy investigando .. pero llama al conesup y haz la consulta a ver que te dicen. el # 2258 3101 la oficina legal creo que esta abierta Martes y jueves y alli te asesoran.

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Te agradezco Raven el III, queda apuntado! thumbs up

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Libertad significa responsabilidad; por eso le tiene tanto miedo la mayoría de los hombres
G. B. Shaw

No sabia donde preguntar. Me acaba de llegar un mensaje al celular diciendo que mi letra de cambio vencio el 17 de octubre y que me comunicq con fundacion fidelitas con elvia alejandra al 22 53 0262 el mensaje viene de parte de 506 88 33 7878.

NO tengo ninguna letra de cambio. asi q o es una estafa rara o se equivocaron.

pero queria saber si alguno le habia llegado un mensaje asi.

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"We're so together electrons couldn't get between us."

parece ser numero equivocado. no le veo otra explicacion.

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www.aconvivir.org

ah fijo! pero es que estoy sumamente paranoica con todo y pues mejor preguntar. Smile

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"We're so together electrons couldn't get between us."

Que significa el delito de "falsedad ideológica" del que están acusando a Calderon y sus secuaces? ceja

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